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I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial

La petición se utiliza para clasificar a un extranjero como:

  • Amerasiático (Nacido luego del 12/31/1950 y antes de 10/23/1982);
  • Viudo o viuda de un ciudadano estadounidense;
  • Autopeticionario cónyuge o hijo maltratado o abusado por un ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos bajo VAWA;
  • Autopeticionario padre maltratado o abusado por un ciudadano bajo VAWA, o
  • Inmigrante especial. Se definimos un inmigrante especial como uno de los siguientes:
    • Trabajador religioso;
    • Empleado de la compañía del Canal de Panamá, empleado del gobierno de la Zona del Canal, empleado del Gobierno de los Estados Unidos en la Zona del Canal;
    • Médico autorizado y practicante de medicina en un estado de Estados Unidos a partir del 9 de enero de 1978;
    • Empleado de organización internacional u Empleado o Familiar OTAN-6;Joven que necesita la protección de un tribunal de menores porque ha sido abusado, objeto de negligencia o abandonado por un padre;
    • Miembro de las Fuerzas Armadas;
    • Nacional de Afganistán o Iraq que brindó apoyo como traductor a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;
    • Nacional de Iraq que trabajó para el Gobierno de los Estados Unidos o en su nombre en Iraq;
    • Nacional de Afganistán que trabajó para el Gobierno de los Estados Unidos o para la Fuerza Internacional de Asistencia en Seguridad (ISAF, por sus siglas en inglés) en Afganistán, o
    • Representante de los medios de comunicación de la Agencia de Medios Globales de Estados Unidos (USAGM) para un beneficiario USAGM.
Otras clasificaciones no listadas anteriormente también podrían ser elegibles para utilizar el Formulario I-360. Por favor, lea las instrucciones del formulario para obtener más información.

Qué Puede Ayudarle a Hacer este Formulario

Formularios y Documentos para Descargar

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

06/09/20. A partir del 4 de enero de 2021, solo aceptaremos la edición con fecha de 06/09/20. Mientras tanto, puede usar la edición de 04/12/18 y 12/23/16. Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior del formulario e instrucciones.

Las fechas están escritas en el formato mm/dd/aa.

Dónde Presentar la Solicitud

Por lo general, si reside en Estados Unido usted presenta su formulario en la localidad segura (Lockbox) en Chicago, Dallas o Phoenix, según la dirección donde reside, y si también presenta al mismo tiempo el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus,(conocido como la presentación concurrentemente “concurrent filing”). Para una lista completa de direcciones de presentación, visite nuestra página Presentación Directa del Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial.

Autopeticionarios: Cónyuges, Hijos y Padres Bajo VAWA

Presente su Formulario I-360 en el Centro de Servicios de Vermont. Para más información, visite nuestra página web Presentación Directa del Formulario I-360.

Joven Inmigrante Especiales (SIJ, por sus siglas en inglés)

Presente su Formulario I-360 en la localidad segura (Lockbox) en Chicago. Para más información, visite nuestra página web de Presentación Directa del Formulario I-360.

Trabajadores Religiosos

No puede presentar el Formulario I-360 concurrentemente con el Formulario I-485. Puede presentar el Formulario I-485 solamente después de que aprobamos su Formulario I-360. Vea 8 CFR 245.(a)(2)(B); Cf Ruiz-Diaz v. United States, 703 F.3d 483 (9th Cir. 2012).

Nacional que proviene de Irak o Afganistán que trabajaron para o a nombre del gobierno estadounidense en Irak o Afganistán

Puede escanear o enviar por correo electrónico su petición con los documentos requeridos (preferiblemente en el formato .pdf) a nsci360sivapp@uscis.dhs.gov.

Si presenta su petición por correo electrónico, debe traer el Formulario I-360 original y firmado que anteriormente presentó en su entrevista con el oficial consular.  

Debe completar todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si deja una casilla en blanco. Lea las instrucciones para obtener información sobre cómo completar las casillas cuando su respuesta es “cero” (zero) o “no aplica” (not applicable o N/A).

¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.

Tarifa de Presentación
$435.

Sin embargo, usted está exento en pagar la tarifa de presentación si es:

  • Amerasiático; (Casilla 1.A. en el formulario);
  • Autopeticionario cónyuge o hijo abusado por un ciudadano estadounidense o residente permanente bajo VAWA (Casilla 1.I. o Casilla 1.J. en el formulario);
  • Joven Inmigrante Especial (Casilla 1.C. en el formulario);
  • Nacional que proviene de Irak que trabajó para o a nombre del gobierno estadounidense en Irak (Casilla I.L. o Casilla I.M. en el formulario), o
  • Nacional que proviene de Afganistán que trabajó para o a nombre del gobierno estadounidense en Afganistán (Casilla 1.L. o Casilla 1.N. en el formulario).

Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. Cuando vaya a presentar su solicitud en una Localidad Segura de USCIS, también puede pagar con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security. Los centros de servicio no pueden procesar pagos con tarjetas de crédito.

Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.

Si se le requiere pagar una tarifa de presentación por su petición o no puede presentar el formulario electrónicamente, usted aún puede presentar el Formulario I-360 por correo postal según indican las instrucciones del formulario.

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)
Instrucciones Especiales

Certificación para la clasificación de trabajador religioso inmigrante especial

Si usted presenta el Formulario I-360 para un trabajador religioso no inmigrante, debe presentar la Certificación del Empleador contenida en el Formulario I-360. Si corresponde, también debe presentar la Certificación de la Denominación Religiosa contenida en el Formulario I-360. Consulte las instrucciones del formulario para información adicional.

Viudos/viudas de ciudadanos estadounidenses

En un momento, la Sección 201 (B) (2)(A)(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad estableció que un viudo o viuda de un ciudadano estadounidense podrá presentar una solicitud de visa si ciudadano y cónyuge habían estado casados por un mínimo de dos años. El 28 de octubre de 2009, la sección 568 (c) de la Ley Pública 111-83 enmendó la Ley de Inmigración y Nacionalidad de modo que usted puede ser elegible para inmigrar, aunque usted y su cónyuge fallecido hayan estado casados por menos de dos años al momento del fallecimiento del cónyuge.

Debe presentar su Formulario I-360 no menos de dos años después de la muerte de su cónyuge.

Su elegibilidad para inmigrar como viudo(a) de un ciudadano estadounidense basado en el Formulario I-360 queda anulada si contrae matrimonio nuevamente antes de inmigrar o ajustar su estatus.

Si su cónyuge fallecido presentó el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero antes de fallecer, usted no tiene que presentar el Formulario I-360. El Formulario I-130 de su cónyuge se convirtió automáticamente en un Formulario I-360. Si su petición de visa de inmigrante fue presentada originalmente como un Formulario I-130, el contraer matrimonio nuevamente no significa necesariamente que usted no puede inmigrar. La sección 204 (I) de Ley de Inmigración y Nacionalidad permite a USCIS aprobar la petición como un Formulario I-130, aunque usted se haya vuelto a casar.

 

Notificación electrónica (E-Notification): Si usted desea recibir un mensaje de correo electrónico y/o mensaje texto en el que le notificamos que hemos aceptado su formulario en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, llene el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición y grápelo a la primera página de su solicitud.

 

Información Adicional
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