Carga Pública
USCIS ya no aplica la Regla Final de Carga Pública de agosto de 2019. Como consecuencia, entre otros cambios, USCIS aplicará la ley de inadmisibilidad por carga pública de manera consistente con la Guía de Campo Provisional de 1999. En otras palabras, USCIS no considerará la recepción de Medicaid por parte de un solicitante (excepto la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno), la vivienda pública o los beneficios del Programa Suplementario de Asistencia Nutricional (SNAP) como parte de la determinación de inadmisibilidad por carga pública.
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Trasfondo
El 2 de noviembre de 2020, el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois anuló la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública (84 Fed. Reg. 41,292 (14 ago. 2019), modificada por la Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública; Corrección, 84 Fed. Reg. 52,357 (2 oct. 2019) (Regla Final de Carga Pública)) en todo el país. Esa decisión fue suspendida por el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Séptimo Circuito.
El 9 de marzo de 2021, el Séptimo Circuito levantó su suspensión y entró en efecto la orden de anulación de la Regla Final de Carga Pública emitida por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos. Cuando la orden de anulación del fallo entró en efecto, USCIS detuvo inmediatamente la aplicación de la Regla Final de Carga Pública a todas las solicitudes y peticiones pendientes que pudieran haber estado estar sujetas a la regla. Continuamos con la aplicación del estatuto de carga pública, incluso la consideración de los factores estatutarios mínimos en la totalidad de las circunstancias, de acuerdo con la Guía de Campo Provisional de 1999 que estaba vigente antes de que la Regla Final de Carga Pública fuera implementada. Además, USCIS ya no aplicará la “condición de beneficios públicos” separada, pero relacionada, a las solicitudes y peticiones de extensión de estadía de no inmigrante y cambio de estatus de no inmigrante.
Los solicitantes y peticionarios no deben proporcionar la información o evidencia relacionada únicamente con la Regla Final de Carga Pública. Esto significa que los solicitantes de ajuste de estatus no deben proporcionar el Formulario I-944, Declaración de Autosuficiencia, o cualquier evidencia o documentación requerida en ese formulario con su Formulario I-485. Los solicitantes y peticionarios de una extensión de estadía de no inmigrante y cambio de estatus de no inmigrante no deben proporcionar información relacionada con la recepción de beneficios públicos en el Formulario I-129 (Parte 6), Formulario I-129CW (Parte 6), Formulario I-539 (Parte 5) y Formulario I-539A (Parte 3).
Si un solicitante o peticionario ya ha proporcionado información relacionada únicamente con la Regla Final de Carga Pública, y USCIS adjudica la solicitud o petición en o después del 9 de marzo de 2021, no consideraremos ninguna información proporcionada que se relacione únicamente con la Regla Final de Carga Pública, entre ella, por ejemplo, información proporcionada en el Formulario I-944, evidencia o documentación presentada con el Formulario I-944, o información sobre la recepción de beneficios públicos en el Formulario I-129 (Parte 6), Formulario I-129CW (Parte 6), Formulario I-539 (Parte 5) y Formulario I-539A (Parte 3). Cualquier información adicional recibida será evaluada consistente con la ley, regulaciones y políticas vigentes al momento de la adjudicación.
Si usted recibió una Solicitud de Evidencia (RFE) o un Aviso de Intención de Denegación (NOID) en que se le solicita información que es requerida únicamente por la Regla Final de Carga Pública, incluso pero no limitada al Formulario I-944, y su respuesta vence en o después del 9 de marzo de 2021, no tiene que proporcionar dicha información. Sin embargo, usted sí tiene que responder a los aspectos de la RFE o NOID que de otro modo se refieren a la elegibilidad para el beneficio de inmigración solicitado. Si USCIS requiere información o evidencias adicionales para hacer una determinación de inadmisibilidad por carga pública bajo la ley y de conformidad con la Guía Provisional de Campo de 1999, le enviaremos otra RFE o NOID.
USCIS publicó nuevas ediciones de los formularios afectados. A partir del 19 de abril de 2021, solamente aceptaremos la versión con fecha de edición del 03/10/21. Hasta entonces, puede usar las versiones anteriores especificadas en cada página web de los formularios.