Solicitar Expedientes a Través de La Ley de Libertad de Información y la Ley de Privacidad
Bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA) y la Ley de Privacidad (PA), usted puede solicitar:
- Registros de inmigración ya sean suyos o para alguien más con el permiso de esa persona, y
- Políticas, datos y comunicaciones de la agencia, así como otros registros.
Cómo Solicitar y Recibir los Registros lo más Rápido Posible
Paso 1: Lea esta página en su totalidad para asegurarse que solicita los registros de la manera correcta, con la oficina correcta.
Paso 2: Confirme que no hemos publicado los registros que usted necesita en la Sala de Lectura Electrónica de USCIS.
Paso 3: Planifique solicitar solo los documentos específicos que usted necesita. Podemos devolver solicitudes precisas más rápido que un expediente completo.
Paso 4: Haga su solicitud FOIA en línea para evitar el envío de correspondencia, procesamiento de documentos impresos y correspondencia devuelta, que podría añadir tiempo significativo a su solicitud.
Paso 5: Verifique el estatus de su solicitud en línea. Le enviaremos un correo electrónico para que vaya a su cuenta una vez los archivos están listos para descargar.
Si usted solicita | Nosotros |
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Documentos específicos de un Expediente A (A-File) | Podemos procesar su solicitud más rápidamente. |
Cuantiosas porciones de Expedientes-A o registros que no son Expedientes A | Necesitaremos más tiempo comparado con cuando se solicitan documentos específicos. |
Registros que no tenemos, o si usted hace una solicitud incorrecta | Le notificaremos lo más pronto posible. |
Un Expediente A, lo más pronto posible, porque tiene una audiencia programada con un juez de inmigración |
Daremos prioridad a su solicitud para enviársela más rápido. Debe incluir con su solicitud copia de uno de los siguientes formularios, según expedidos por el Departamento de Seguridad o el Departamento de Justicia:
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Para solicitar | Debe |
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Solicite los registros en línea con USCIS, para que de manera instantánea:
Los registros en línea son fáciles de:
Puede recibir sus registros en línea aún si:
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Registros que tienen más de 100 años |
Solicite los registros a través del Programa de Genealogía de USCIS |
Registros accesibles bajo la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación |
Envíe un correo electrónico al Programa de FOIA Program con:
Nos comunicaremos con usted para proporcionarle ayuda. |
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Comuníquese con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) |
Información acerca de Actividad de Importador por Tratado (ITRAC) | Comuníquese con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza, ITRAC |
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Comuníquese con el Departamento de Estado de Estados Unidos |
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Comuníquese con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) |
Registros por otros métodos distintos a nuestro sistema en línea |
Para recibir registros FOIA en el formato más rápido y conveniente que ofrecemos, haga su solicitud FOIA en línea. Los abogados y representantes también pueden hacer sus solicitudes FOIA en línea de parte de sus clientes. Las solicitudes FOIA y PA enviadas por correo postal, fax o correo electrónico causan demoras tanto para usted como para USCIS. Si usted o alguien que lo representa solicita registros por esos métodos, usted tendrá que:
Luego, enviar su solicitud por:
Luego de que recibimos su solicitud, le enviaremos un acuse de recibo, procesaremos su solicitud y le enviaremos nuestra respuesta. Usted recibirá cualquier registro que divulguemos en archivos en un disco compacto (CD) que le enviaremos por correo. |
Registros en línea, luego que de que usted hizo una solicitud FOIA o PA por correo postal, correo electrónico, o fax |
Necesitará:
Luego, para conectar su solicitud con su cuenta en línea:
Cuando sus documentos estén listos, los colocaremos en su cuenta en línea y le notificaremos por correo electrónico. |
Para | Usted puede |
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Apelar nuestra determinación sobre su solicitud |
Escribir una carta, conocida como una apelación administrativa, y enviarla a: USCIS FOIA/PA Appeals Office Tanto carta como el sobre deben decir claramente “Freedom of Information Act Appeal”. |
Enviar preocupaciones sobre su petición o apelación mediante consulta de un tercero neutral |
Visite el sitio web de la Oficina de Servicios de Información Gubernamental (OGIS). OGIS ofrece servicios de mediación entre solicitantes FOIA y agencias federales. |
Para | Usted puede |
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Ver el estatus de una solicitud FOIA o PA en trámite |
Verificar el estatus de su solicitud en línea, si hizo la solicitud en línea o por otro medio. Necesitará el número de control FOIA incluido en su mensaje de recibo. |
Hacer preguntas detalladas sobre nuestro proceso o sobre su solicitud FOIA o PA que está en trámite |
Envíe un correo electrónico al Programa USCIS FOIA, o envíenos un fax al 802-860-6908 o 816-350-5785. Tenga en cuenta que solo podemos responder preguntas acerca de solicitudes FOIA o PA. No podemos ayudarle con, o responder a, preguntas acerca de solicitudes o peticiones pendientes, o sobre algún otro asunto de inmigración. Para dichas consultas, llame al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY: 800-767-1833). |